El interés Asegurable

Esto es la relación lícita del valor económico de un bien, cuando esta relación se encuentra amenazada por un riesgo, sería el interés asegurable. Se puede asegurar todas los bienes tangibles como: coches, viviendas, negocios, entre otros. También se puede asegurar los bienes no tangibles como: perjuicios económicos, paralización de actividades, asegurar la vida y el patrimonio de una persona, entre otras.

Para que sea posible el aseguramiento debe cumplir con ciertos requisitos como los son:

  • La cosa debe existir al tiempo del contrato, o al menos al tiempo en que empiecen a correr los riesgos o daños
  • La cosa debe ser tasable en dinero
  • La cosa debe ser objeto de una estipulación lícita
  • La cosa debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado
Pero no se puede asegurar de este método:

  • Los riesgos especulativos.
  • Los objetos del comercio ilícitos.
  • Las cosas en donde no existe un interés asegurable
En el link que dejo a continuación existe más información sobre el tema y esta la opción de calcular el seguro de diferentes bienes particularmente
El siguiente link te llevara a una página de Facebook que te brindan apoyo directo a la hora de asegurar. 

Comentarios

  1. El interés económico que una persona posea sobre un bien que se encuentra expuesto a cualquier tipo de riesgo, es lo que resulta asegurable, para cualquier de los objetos del comercio como pudieron ver anteriormente.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Cláusulas de Carga

Clausulas Adicionales en el Seguro de Transporte

Póliza de Seguro de Transporte