Riesgo Moral

Siempre se ha sostenido la discusión sobre la administrabilidad del Riesgo Putativo, de igual manera las legislaciones se han dividido en cuanto a admitirlo o no. El principio general es que si la cosa ha perecido para el tiempo de la contratación del seguro, no corre el riesgo y por lo tanto el seguro es nulo (por falta de objeto).

La mayoría de las legislaciones han estado de acuerdo en no permitir la contratación de seguros sobre riesgos putativos. Pero en algunas legislaciones entre ellas la nuestra, se logró admitir la posibilidad de contratar este tipo de seguros en el caso de los seguros marítimos. De manera que esta posibilidad no existe en el caso de los seguros terrestres.

Riesgos Morales: Es la conducta del asegurado que a provoca a el siniestro. El riesgo moral puede ser de dos clases: Riesgo moral activo y riesgo moral pasivo.
El Riesgo Moral Activo: Es cuando el siniestro resulta de la mala fe o del intento fraudulento del asegurado.
El Riesgo Moral Pasivo: Es cuando el asegurado no provoca el siniestro deliberadamente sino que lo hace de modo de incompetencia v/o ineptitud.

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Comentarios

  1. El riesgo moral en el seguro presenta la eficiencia de las mayorías de sucesos que presente dicho siniestro.
    ALUMNA:
    SCARLETT CONTRERAS
    V-24655147

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