Riesgo Moral
Siempre se ha
sostenido la discusión sobre la administrabilidad del Riesgo Putativo, de igual
manera las legislaciones se han dividido en cuanto a admitirlo o no. El
principio general es que si la cosa ha perecido para el tiempo de la
contratación del seguro, no corre el riesgo y por lo tanto el seguro es nulo
(por falta de objeto).
La mayoría de
las legislaciones han estado de acuerdo en no permitir la contratación de
seguros sobre riesgos putativos. Pero en algunas legislaciones entre ellas la
nuestra, se logró admitir la posibilidad de contratar este tipo de seguros en
el caso de los seguros marítimos. De manera que esta posibilidad no existe en
el caso de los seguros terrestres.
Riesgos Morales: Es la conducta del asegurado que a provoca a el
siniestro. El riesgo moral puede ser de dos clases: Riesgo moral activo y
riesgo moral pasivo.
El Riesgo Moral Activo: Es cuando el siniestro resulta de la mala fe o del
intento fraudulento del asegurado.
El Riesgo Moral Pasivo: Es cuando el asegurado no provoca el siniestro
deliberadamente sino que lo hace de modo de incompetencia v/o ineptitud.
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El riesgo moral en el seguro presenta la eficiencia de las mayorías de sucesos que presente dicho siniestro.
ResponderEliminarALUMNA:
SCARLETT CONTRERAS
V-24655147